Uruguay sanciona la ley de eutanasia y se posiciona a la vanguardia regional en derechos sobre el final de la vida

La nueva legislación, impulsada por el Frente Amplio, detalla un procedimiento con múltiples instancias de confirmación médica y la posibilidad de que el paciente se retracte en cualquier momento. La decisión coloca a Uruguay junto a Colombia y Ecuador, y a un grupo de naciones como Canadá y España, que ya cuentan con normativas similares sobre la muerte asistida.
Infórmate en DiarioPampero.com – Uruguay se ha convertido en el tercer país de América Latina en legalizar la eutanasia. Tras un debate de diez horas, el Senado aprobó la ley de «Muerte Digna», que ya contaba con media sanción de Diputados. La norma establece un protocolo para personas mayores de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, que padezcan una enfermedad terminal o una condición que les genere sufrimientos insoportables, permitiéndoles solicitar asistencia médica para finalizar su vida de forma voluntaria.
En una sesión que se extendió por más de diez horas, el Senado de Uruguay aprobó de manera definitiva el proyecto de ley que despenaliza la eutanasia. Con 20 votos afirmativos sobre 31 legisladores presentes, la iniciativa de «Muerte Digna» completó su trámite parlamentario, ya que contaba con la aprobación previa de la Cámara de Diputados. De esta forma, la nación se convierte en la tercera de la región en permitir que una persona pueda decidir sobre el final de su vida, detrás de Colombia y Ecuador.
El proyecto, que fue impulsado por la coalición de izquierda Frente Amplio, establece un marco normativo claro para quienes deseen acogerse a este derecho. La ley exige que la persona sea mayor de edad, ciudadano uruguayo o residente legal, y que se encuentre psíquicamente apta para tomar la decisión. Además, es una condición indispensable que esté atravesando la etapa terminal de una patología incurable o que afronte padecimientos que le provoquen sufrimientos insoportables y un grave deterioro de su calidad de vida.
Un protocolo riguroso para la toma de decisiones
La normativa detalla un procedimiento con varias etapas para garantizar la voluntad del solicitante y la correcta actuación médica. Si un profesional de la salud recibe una solicitud, puede rechazarla por objeción de conciencia. En ese caso, el paciente tiene la opción de consultar a un segundo médico. Si este último también se negara, se deberá conformar una junta de tres especialistas para evaluar el caso. Por el contrario, si el primer médico acepta la solicitud, deberá someterla a la consideración de un colega, quien evaluará el historial clínico y mantendrá una consulta presencial con el paciente. Solo con la confirmación de ambos, el proceso podrá continuar.
El paciente debe manifestar su voluntad por escrito y ante testigos, y cuenta con la potestad de arrepentirse en cualquier fase del procedimiento, deteniéndolo de inmediato. La ley especifica que la asistencia para morir podrá ser ofrecida por instituciones de salud públicas y algunas entidades privadas sin fines de lucro, pero no por clínicas privadas. A efectos legales, el fallecimiento bajo esta ley será considerado como una muerte natural. Este avance legislativo, que comenzó a debatirse hace cinco años, alinea a Uruguay con países como Canadá, Países Bajos, Nueva Zelanda y España.
DESCARGAR APLICACIÓN DE LA RADIO EN VIVO
Gracias por estar en Diario Pampero, visítanos para estar informado!
Si necesitas parte de este contenido, no olvides citar la fuente de información. Respetamos a quienes producen contenidos, artículos, fotos, videos. Compartimos información de La Pampa para los pampeanos y te informamos sobre toda la actualidad nacional e internacional destacada.
Si compartes nuestro contenido, nos ayudas a crecer como medio de comunicación!





