El INAES suspendió 6.667 cooperativas por incumplimientos documentales


El INAES suspendió la autorización para funcionar de 6.667 cooperativas y mutuales por incumplimientos en la presentación de documentación asamblearia y estados contables. La medida generó el rechazo del IPAC bonaerense, que advirtió sobre su impacto en miles de entidades y fuentes laborales.
Infórmate en DiarioPampero.com – La resolución establece restricciones para realizar trámites ante el organismo y fija plazos distintos para que las entidades regularicen su situación.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) emitió la resolución 2076/26, mediante la cual suspendió la autorización para funcionar de 6.667 cooperativas y mutuales que no presentaron documentación requerida por el organismo.
La medida comprende documentación asamblearia y estados contables correspondientes al período entre el 1 de enero de 2023 y el 6 de agosto de 2026. Según informó el organismo, se trata de entidades que no cumplieron con obligaciones previstas en la normativa vigente.
El titular del Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo (IPAC), Gildo Onorato, cuestionó la resolución y afirmó que la suspensión afecta a 1.916 cooperativas bonaerenses, mientras que otras 299 fueron intimadas a regularizar su situación.

Reclamo desde la provincia de Buenos Aires
Onorato sostuvo que la resolución del INAES impide trabajar a aproximadamente el 40% de las cooperativas de la provincia de Buenos Aires. El funcionario expresó su rechazo a la medida y reclamó que el organismo revise los padrones publicados.
“Repudiamos la Resolución del INAES 2076/26, que suspende 6.667 cooperativas en todo el país”, manifestó el titular del IPAC, según el contenido difundido. También señaló que la decisión impacta sobre entidades que sostienen fuentes de trabajo.
El funcionario bonaerense afirmó que la provincia realiza esfuerzos para acompañar a las cooperativas y cuestionó que la medida agregue obstáculos administrativos. En ese sentido, pidió al INAES que revea tanto los padrones como la situación de las entidades suspendidas.
La resolución alcanza a entidades inscriptas hasta el 31 de diciembre de 2024 que no cumplieron con las obligaciones establecidas por la Ley 20.337, referida a cooperativas, y la Ley 20.321, correspondiente a mutuales, además de las normas complementarias del organismo.
Como consecuencia de la suspensión, las entidades incluidas en los anexos I a VI no podrán realizar trámites ante el INAES hasta regularizar la documentación pendiente. Además, la disposición ordenó la instrucción de sumarios administrativos por los incumplimientos detectados.
La norma también contempla plazos diferenciados para las cooperativas y mutuales que obtuvieron su personería jurídica durante 2023, 2024 y 2025 y que aún no presentaron la documentación exigida.
Las entidades constituidas durante 2023 y 2024 deberán presentar la documentación asamblearia y los estados contables adeudados dentro de los 30 días hábiles administrativos. Para las entidades constituidas durante 2025, el plazo previsto es de 60 días hábiles administrativos.
La regularización documental permitirá a las entidades superar las restricciones administrativas previstas por la resolución, de acuerdo con los plazos establecidos para cada grupo de cooperativas y mutuales.
