El exgerente de Ford cumplirá arresto domiciliario en Córdoba


El Tribunal Oral Federal 1 de San Martín ordenó detener a Pedro Müller, exgerente de Manufactura de Ford, tras la confirmación de su condena por crímenes de lesa humanidad. A los 95 años, permanecerá provisoriamente bajo arresto domiciliario en Córdoba.
Infórmate en DiarioPampero.com – La resolución de la Corte Suprema ratificó la pena de diez años y sostuvo que los civiles pueden ser juzgados por delitos cometidos en el marco represivo de la última dictadura.
La detención de Pedro Müller fue dispuesta por el TOF 1 de San Martín luego de que la Corte Suprema confirmara la condena que había sido dictada en diciembre de 2018. El exjerarca de Ford, de 95 años, permanecerá provisoriamente en arresto domiciliario en Córdoba mientras se define su situación.
Müller ingresó a Ford a comienzos de los años 60 y en 1976 se desempeñaba como gerente de Manufactura, con responsabilidad sobre una planta en la que trabajaban aproximadamente 7200 personas. Según los testimonios reunidos durante el juicio, también era el reemplazante natural del presidente de la compañía, Nicolás Courard.
De acuerdo con lo sostenido por el tribunal, la empresa intervino en la represión contra trabajadores mediante el señalamiento de obreros considerados conflictivos, la instalación militar en la fábrica, el uso de camionetas para secuestros y la habilitación de un centro clandestino de detención y tortura en el quincho del predio.

La condena y el debate judicial
El TOF 1 condenó por estos hechos a Santiago Omar Riveros, comandante de Institutos Militares con asiento en Campo de Mayo; a Héctor Sibilla, militar retirado y jefe de seguridad de Ford; y a Müller, quien recibió una pena de diez años de prisión. Según el material fuente, 24 trabajadores fueron secuestrados y 17 de ellos fueron privados de su libertad dentro de sus puestos de trabajo.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en 2021. Posteriormente, la Corte Suprema intervino con una composición especial debido a las diferencias entre sus integrantes. Fernando Poviña y Juan Ignacio Pérez Curci fueron convocados como conjueces y conformaron la mayoría junto con Horacio Rosatti.
La mayoría ratificó que los civiles pueden ser juzgados por crímenes de lesa humanidad y que debe analizarse el contexto en el que fueron cometidos. En ese razonamiento, destacó la represión sobre el mundo del trabajo y mencionó el informe Nunca Más, según el cual más del 30 por ciento de las personas desaparecidas eran obreras.

Ricardo Lorenzetti optó por no pronunciarse, mientras que Carlos Rosenkrantz sostuvo que no existían pruebas suficientes para condenar a Müller. Según esa postura, la responsabilidad de la empresa debía limitarse al rol desplegado por Sibilla, quien tenía trato directo con los militares.
La defensa de Müller, integrada por Nicolás Corletto y Mariano Grondona, con el patrocinio de Alberto Garay, sostuvo que el exgerente fue condenado por su cargo en Ford y que no podía atribuírsele el papel desempeñado por la empresa. Tras la confirmación del fallo, los abogados solicitaron el arresto domiciliario por su edad avanzada.
Hasta que el TOF 1 resuelva el planteo, Müller permanecerá detenido en su vivienda de Córdoba. El tribunal había establecido que, una vez firme la sentencia, debía cumplir la pena en un establecimiento del Servicio Penitenciario Federal.
La abogada querellante Elizabeth Gómez Alcorta cuestionó los tiempos del proceso y señaló que varios trabajadores que impulsaron el juicio, entre ellos Pedro Troiani, no llegaron con vida a la sentencia firme. También valoró los criterios fijados por la mayoría de la Corte ante la existencia de otras causas por presunta responsabilidad empresarial, entre ellas las vinculadas con Molinos Río de la Plata, Mercedes-Benz, La Fronterita y Ledesma.
El fallo de 2018 fue presentado como el primero en reconocer la articulación entre empresas multinacionales y las Fuerzas Armadas durante la última dictadura para llevar adelante un plan criminal. El expediente describió secuestros, torturas y traslado de trabajadores a otros centros clandestinos.
Fuente: Nota de Luciana Bertoia para Página 12
