Fuerte fallo en San Lorenzo: suspenden celular, licencia y acceso a carreras a un padre por deber la cuota alimentaria

Un juez de Familia de la localidad santafesina aplicó duras medidas ante el incumplimiento del 10% de la canasta de crianza. El hombre, dueño de un taller, frecuenta competencias de automovilismo mientras la madre de la niña está desempleada. La resolución busca garantizar la «tutela judicial efectiva» del derecho a la alimentación.
Infórmate en DiarioPampero.com – Un fallo judicial en San Lorenzo ha establecido un precedente en materia de derecho familiar al imponer severas restricciones a un padre por el incumplimiento de la cuota alimentaria de su hija. El juez Marcelo Escola ordenó la suspensión inmediata de su línea de telefonía celular y de su carné de conducir. Además, dispuso el bloqueo de sus cuentas bancarias y la prohibición de salida del país. La medida también incluye la inhabilitación para asistir o participar en competencias de automovilismo, actividad que el deudor frecuenta.
La Justicia de Familia de San Lorenzo, en la provincia de Santa Fe, ha tomado una determinación contundente frente a un caso de incumplimiento de obligaciones alimentarias. Un hombre que adeuda la cuota correspondiente a la manutención de su hija enfrenta ahora un paquete de sanciones que afectan directamente su vida social, civil y recreativa. La decisión fue tomada por el juez Marcelo Escola, tras la denuncia presentada por la madre de la menor, quien se encuentra desempleada.
La solicitud de la madre, patrocinada por las abogadas Florencia Formini y Luisina Flores Piazza, no solo reclamaba el pago adeudado, fijado en el 10% de la canasta de crianza del Indec para niñas de 6 a 12 años. También exponía una contradicción en el accionar del progenitor: mientras incumplía con su obligación, el hombre, propietario de un taller mecánico, asiste y participa activamente en competencias automovilísticas. Según la denuncia, incluso estaría en proceso de adquirir un vehículo para competir.
Ante esta situación, el magistrado Escola dispuso un abanico de medidas. En primer lugar, ordenó a las compañías de telefonía la suspensión inmediata de cualquier línea celular a nombre del demandado, prohibiendo la renovación o alta de nuevos servicios e informando al tribunal en un plazo de dos días. Paralelamente, se decretó la suspensión de su carné de conducir y la inmediata inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Bloqueo de cuentas y prohibición de ingreso a autódromos
Las restricciones no terminaron allí. La resolución judicial incluyó el bloqueo de todas las cuentas bancarias existentes a nombre del padre deudor «hasta tanto cumpla con su obligación de alimentos». Además, se le impidió la salida del país. En una medida directamente relacionada con la actividad del demandado, se ofició a las Federaciones de Automovilismo de Santa Fe, Buenos Aires y Córdoba para notificarles que el hombre está inhabilitado para asistir como espectador o participar en cualquier competencia.
En sus fundamentos, el juez Escola enfatizó la necesidad de garantizar la «tutela judicial efectiva» al tratarse de un derecho humano fundamental. Citó que el derecho al alimento «hace ni más ni menos que a la propia vida, a la salud y al desarrollo integral» de la menor. El fallo también recogió la postura de la Defensora General, quien sostuvo que, probado el incumplimiento, se compromete el bienestar de la niña y no es requisito esperar a la inscripción en el registro de morosos para actuar.
Finalmente, la resolución se apoyó en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El juez recordó que el alto tribunal ha expresado que, en pos de resguardar el interés superior del niño, los jueces deben «buscar soluciones que se avengan con la urgencia» y «evitar que el rigor de las formas pueda conducir a la frustración de derechos» que gozan de especial protección constitucional.
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