La medida alcanzó a 15 laboratorios cuyos certificados de registro estaban vencidos


La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica canceló 25 certificados de especialidades medicinales pertenecientes a 15 laboratorios. La decisión se tomó luego de detectar que los registros estaban vencidos y que no se había iniciado el trámite correspondiente para su reinscripción.
Infórmate en DiarioPampero.com – La medida quedó formalizada mediante la Disposición 5866/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Las empresas alcanzadas serán notificadas y podrán presentar recursos administrativos.
La ANMAT canceló 25 certificados de medicamentos inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), luego de comprobar que los registros se encontraban vencidos y que sus titulares no habían iniciado el trámite de reinscripción correspondiente.
La decisión fue formalizada mediante la Disposición 5866/2026, publicada este miércoles 23 de septiembre en el Boletín Oficial y firmada por el administrador nacional del organismo, Luis Eduardo Fontana.
Según se explicó en los fundamentos de la medida, las actuaciones surgieron a partir de un control realizado por la Dirección de Gestión de Información Técnica sobre certificados del REM que no habían sido reinscriptos.

Certificados vencidos
Durante la revisión, el organismo detectó que determinados certificados habían vencido y que los titulares o representantes de esos productos no habían solicitado las renovaciones correspondientes.
La ANMAT recordó que, de acuerdo con la Ley de Medicamentos N° 16.463, la autorización para elaborar y comercializar una especialidad medicinal tiene una vigencia de cinco años, contados desde la fecha de emisión del certificado habilitante.
Además, los titulares o representantes de los productos registrados deben solicitar la reinscripción dentro de los 30 días previos al vencimiento del certificado.
La normativa establece también que las autorizaciones pueden ser canceladas por el vencimiento del período de vigencia o ante modificaciones, alteraciones o incumplimientos de las condiciones bajo las cuales fueron otorgadas.
Con ese fundamento, la ANMAT resolvió dejar sin efecto los certificados incluidos en el anexo de la disposición por incumplimiento de los requisitos vigentes para su reinscripción en el Registro de Especialidades Medicinales.
La medida alcanzó a 15 laboratorios. Entre ellos figuran CSL Behring S.A., Lafedar S.A., Microsules Argentina S.A., Aspen Argentina S.A., Lavimar S.A., Laboratorio Internacional Argentino S.A., Savant Pharm S.A. y Laboratorios Monserrat y Eclair S.A.
También aparecen Takeda Argentina S.A., Megalabs Argentina S.A.U., Eurofar S.R.L., Monte Verde S.A., Tecnonuclear S.A., Terumo BCT Latin America S.A. y Laboratorio Elea Phoenix S.A.
Los certificados incluidos en la disposición tenían fechas de vencimiento comprendidas entre marzo de 2019 y mayo de 2025. El anexo identifica los números de certificado, las firmas titulares o representantes y las fechas de vigencia, pero no detalla los nombres comerciales ni los principios activos de los medicamentos.
La resolución ordenó notificar a las empresas involucradas, que podrán presentar un recurso de reconsideración dentro de los 20 días y un recurso de alzada dentro de los 30 días, contados desde la notificación de la medida.
