La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha tomado la determinación de prohibir la venta y consumo de tres productos distintos en Argentina: una marca de miel, una de café y otra de frutos secos. A través de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la ANMAT ha emitido las medidas correspondientes.

Prohibida la venta de una marca de miel

La ANMAT ha prohibido la elaboración, fraccionamiento y comercialización de la marca de miel de abeja de Córdoba, denominada Establecimiento Dulcinea, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. Esta medida se basa en la falta de registro tanto del establecimiento como del producto, además de un etiquetado falso que muestra un número de RNE inexistente y un RNPA perteneciente a otro producto. La miel ha sido considerada ilegal por parte del organismo.
Restricción en la venta y consumo de frutos secos y sus derivados

La ANMAT ha anunciado la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de productos de frutos secos y sus derivados en todo el territorio nacional. Entre ellos se encuentran: Maní crocante sabor jamón de la marca Productos FA-DI, Maní repelado salado de la misma marca, Pasas de uva sin semilla de la marca Productos Naturales fraccionado por DIS-FRUT, y Ciruelas sin carozo de la marca Productos Naturales fraccionado por DIS-FRUT. Además, también se prohíbe el Mix de frutos secos de la marca Productos Naturales fraccionado por DIS-FRUT en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. Estos productos carecen de registro de establecimiento y de producto, y sus etiquetados falsos muestran un número de RNE inexistente y números de RNPA correspondientes a otros productos, lo que los convierte en productos ilegales según la ANMAT.
Prohibición de la venta de un café

La ANMAT ha decidido prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país, incluyendo las plataformas de venta en línea, de un café tostado natural en grano de la marca RUNA CAFÉ, con el nombre de fantasía Santos Brasil. También se prohíbe cualquier otro café de la marca RUNA que no presente los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y/o de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) en sus etiquetas, sin importar la presentación, lote o fecha de vencimiento. Esta medida se basa en la falta de registros sanitarios del establecimiento y el producto, lo que califica al café como un producto ilegal según la ANMAT.
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