Caputo detalló el uso mensual de hasta $50 millones en dólares no declarados sin control de ARCA

Informate en DiarioPampero.com – El Gobierno reglamentó el uso de dólares no declarados y Caputo detalló los montos mensuales permitidos. Hasta $50 millones podrán destinarse cada mes a gastos no registrables sin intervención de ARCA. Para operaciones superiores se requerirá adherir al nuevo régimen fiscal, vigente desde junio. La protección legal plena dependerá de la ley que evalúa el Congreso.

El ministro de Economía explicó los alcances del régimen para el uso de fondos no bancarizados: el tope mensual será por persona, y se requerirá adhesión al nuevo esquema fiscal para compras mayores.

Montos, condiciones y nuevas precisiones del régimen simplificado

El Gobierno nacional oficializó este viernes el “plan de reparación histórica de los ahorros de los argentinos” mediante distintos decretos que reglamentan el uso de dólares no declarados. En paralelo, el ministro de Economía, Luis Caputo, ofreció una entrevista para reforzar y aclarar varios puntos clave de la normativa, con énfasis en los topes mensuales y las condiciones para compras de alto valor.

Según precisó Caputo, el límite para gastos con dinero no declarado en bienes no registrables será de hasta $50 millones por mes, por persona, sin que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) tenga acceso a esa información. Este punto busca dar certidumbre a quienes decidan incorporar esos fondos a la economía formal. El ministro remarcó que estos valores aplican por mes calendario y no se acumulan.

En el caso de adquisiciones de bienes registrables —como vehículos o propiedades— que superen ese monto, será obligatorio adherir al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias desde el 1° de junio. Este esquema establece que el contribuyente no deberá justificar el origen de los fondos ni detallar consumos personales. El único impuesto que se exigirá será sobre los ingresos.

Caputo explicó además que el bien adquirido formará parte del patrimonio de la persona y deberá ser declarado en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Por otro lado, aclaró que la adhesión al régimen fiscal podrá hacerse en cualquier momento, sin plazos fijos para ingresar.

Finalmente, reiteró que la plena cobertura jurídica del régimen estará sujeta a la aprobación del proyecto de ley que el Ejecutivo enviará al Congreso. La iniciativa incluirá reformas para elevar el umbral de la Ley Penal Tributaria y acortar los plazos de prescripción, con el objetivo de dar mayor previsibilidad a los contribuyentes.

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