Dos internos fueron condenados por atacar con un arma casera en la Alcaidía de la Unidad Regional II


Condenaron a dos internos por una agresión en General Pico
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Dos internos de la Alcaidía de la Unidad Regional II de General Pico fueron condenados a un mes de prisión efectiva por agredir a otro recluso con un arma punzante casera. Las penas se unificaron con condenas anteriores y mantuvieron su condición de reincidentes.

Infórmate en DiarioPampero.com – El ataque ocurrió durante la madrugada del 9 de febrero y terminó con una herida en el tórax de la víctima, según la resolución judicial.

Dos hombres alojados en la Alcaidía de la Unidad Regional II de General Pico fueron condenados por la agresión contra otro interno ocurrida dentro del establecimiento. Se trata de Nazareno Ezequiel Díaz, de 33 años, y Jeremías Oscar Heredia, de 31.

El tribunal les impuso un mes de prisión de efectivo cumplimiento y mantuvo la condición de reincidentes para ambos. El ataque, según se acreditó en la causa, fue cometido con una pieza de madera con una punta metálica.

La agresión ocurrió durante la madrugada del 9 de febrero, cuando los imputados ingresaron de manera imprevista a la celda del damnificado. La víctima sufrió una herida contuso-perforante en el hemitórax izquierdo.

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Las penas y su unificación

De acuerdo con la resolución judicial, el ataque se produjo en el marco de una maniobra destinada a forzar a la víctima a abandonar el sector que compartía con otros tres internos. La lesión fue constatada como consecuencia directa de la agresión.

A Díaz se le unificó la nueva condena con una sentencia previa del 7 de marzo de 2024, dictada por portación ilegítima de arma de fuego. Como resultado, se fijó una pena única de cuatro años de prisión.

En el caso de Heredia, la sanción se unificó con una condena del 28 de noviembre de 2025 por robo simple reiterado. La pena única quedó establecida en un año y siete meses de prisión efectiva.

La causa finalizó mediante un procedimiento de juicio abreviado acordado por el fiscal Juan Ignacio Pellegrino y el defensor oficial Héctor Freigedo. Los acusados admitieron su responsabilidad por el hecho investigado.

La homologación del acuerdo estuvo a cargo del juez de audiencia Carlos Federico Pellegrino. La resolución consideró acreditada la coautoría funcional a partir de declaraciones testimoniales y de las filmaciones de las cámaras de seguridad.

La víctima manifestó su oposición al acuerdo abreviado al ser notificada. Sin embargo, según se indicó en la resolución, el marco procesal provincial establece que esa postura no resulta vinculante para la decisión judicial.

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