El trámite de fe de vida para jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas ha sido eliminado a partir de hoy, tras la publicación del decreto que promulga la Ley 27.721 en el Boletín Oficial. Esta medida beneficia a los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y a los beneficiarios de pensiones no contributivas.

El fin del requisito de fe de vida para jubilados y pensionados
La Ley 27.721, promulgada mediante el Decreto 365/2023, pone fin a la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida. Los jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas ya no tendrán que realizar este trámite ni cualquier otro adicional para recibir sus haberes y beneficios previsionales.
Cambios en la legislación y alcance de la medida
La ley, aprobada con un amplio respaldo de 170 votos a favor y solo 3 en contra, modifica el artículo 2 de la ley 26.704, eliminando la necesidad de realizar acciones para acreditar la supervivencia. La nueva redacción establece que tanto los beneficiarios del SIPA como los beneficiarios de pensiones no contributivas no requerirán realizar ningún tipo de acción para demostrar su supervivencia y recibir sus pagos.
Esta nueva medida, que busca simplificar y agilizar los trámites para los jubilados y pensionados, representa un alivio para los beneficiarios, eliminando la carga de presentar la fe de vida de manera periódica. Con la eliminación de este requisito, se espera reducir la burocracia y facilitar el acceso a los haberes y beneficios previsionales para aquellos que más lo necesitan en Argentina.
Fuente: Télam
