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Fallo Judicial Confirma Desvinculación de Causas Contra DNU: Se Tramitarán por Separado

Fallo Judicial Confirma Desvinculación de Causas Contra DNU: Se Tramitarán por Separado

En una decisión que marca un nuevo capítulo en las disputas judiciales entorno al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 del presidente Javier Milei, la Cámara de Apelaciones del fuero Contencioso Administrativo confirmó hoy la resolución del juez Enrique Lavié Pico, quien había dispuesto desarmar el proceso colectivo que buscaba consolidar todas las causas judiciales contra el mencionado DNU en un único amparo.


Desvinculación de Causas: Fallo Judicial Ratifica Trámite Individual

La resolución de los jueces de la sala de feria del tribunal de apelaciones, Sergio Fernández y Carlos Grecco, declaró inadmisible el recurso presentado por el Estado Nacional, a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para centralizar los cuestionamientos judiciales en un solo amparo colectivo en el fuero contencioso administrativo.

La controversia surge a raíz del primer amparo presentado contra el DNU 70/2023 por la «Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y Otros». El juez Esteban Furnari había decidido, antes de la feria judicial, tramitar el caso como un proceso colectivo, buscando consolidar todas las presentaciones judiciales relacionadas con el DNU. Sin embargo, esta iniciativa fue desarmada por la posterior decisión del juez de feria Lavié Pico.

En su fallo, los jueces Fernández y Grecco expresaron su incomprensión ante la apelación del Gobierno, indicando: «No se explica cuál es el gravamen que le causa al Estado Nacional que, en resguardo de los principios de jurisdicción, competencia y especialidad establecidos en las normas procesales, se preserve la intervención propia de los tribunales competentes para conocer en cada una de las vastas materias de las que se ocupa el DNU 70/2023».

Además, remarcaron que la posibilidad de tramitar procesos colectivos no debe desvincularse de las competencias de los respectivos fueros que intervengan, subrayando la importancia de resguardar la intervención de los tribunales especializados en cada materia contemplada por el DNU.

Crítica a la Unificación: Jueces Respaldan Competencias Específicas

En relación al caso específico de la desvinculación del proceso colectivo, los jueces sostuvieron: «Si bien este Tribunal concluye en la improcedencia formal de la apelación interpuesta por la parte demandada, no es posible dejar de advertir que los efectos perjudiciales para los litigantes –en tanto partes que intervienen y/o pudiesen intervenir en las causas vinculadas a las medidas adoptadas por el DNU 70/2023– no resultan en sí de la decisión de desvincular los procesos que ha sido adoptada por el Sr. Juez de feria».

Finalmente, los jueces señalaron que cualquier supuesto gravamen podría haber surgido de la decisión inicial del juez Esteban Furnari de imprimirle la calidad de proceso colectivo al caso, a pesar de la aparente ausencia de un supuesto de derechos de incidencia colectiva relacionados con intereses individuales homogéneos.

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