Un tribunal pampeano confirmó hoy la condena a prisión perpetua por femicidio impuesta a un hombre que mató a su pareja de 18 puñaladas, la dejó tirada en su vivienda de General Pico donde dormían sus dos hijos y luego huyó, informaron fuentes judiciales.

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la sentencia contra Enzo Walter Gauna (28) por resultar autor material y penalmente responsable del delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra la persona con la que mantiene una relación de pareja y por haber sido cometido contra una mujer cuando el hecho haya sido perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, en perjuicio de Valeria Coggiola.

En la causa intervinieron los fiscales Ivana Hernández y Guillermo Komarosky y como querellantes se presentaron Víctor Pérez, padre de los hijos de la víctima, representado por el defensor Oficial Alejandro Caram; y la Secretaría de la Mujer de La Pampa, representada por Silvana Andrea Abraham.

El hecho ocurrió en la madrugada del 25 de junio del año pasado en una casa de General Pico en la que vivían Coggiola y Gauna junto a los dos hijos de la mujer.

Cuando se encontraban en el dormitorio, el joven atacó a la chica y le propinó 18 puñaladas y siete cortes, principalmente en la zona del cuello y la parte superior del tórax, todo ello mientras los hijos de la víctima dormían en otra habitación.

Luego, el femicida huyó a la casa de su expareja en Catriló, y en esa localidad fue detenido.

En el juicio, se planteó que fue “evidente que el acusado tuvo el dominio pleno del arma homicida», es decir del cuchillo, y del informe de autopsia, realizado por el médico forense surgió que la víctima recibió 18 heridas punzo cortantes (puñaladas) y siete heridas cortantes (cortes), es decir 25 heridas en total«.

«No sólo el acusado tuvo dominio pleno de la dirección en que asestó las puñaladas para que fueran mortales, sino que nada le impidió seguir atacando a la víctima a pesar de la resistencia que ella opuso; ya que registró dos puñaladas y cuatro cortes defensivos en manos y brazos (…), ni le importó seguir acuchillándola por la espalda cuando trató de huir de la cama hasta quedar tendida en el piso”, sostuvieron los jueces.

Con éstas argumentaciones, la Sala “A” del TIP, integrada por la jueza sustituta María Elena Grégoire y el juez Filinto Benigno Rebechino, no hizo lugar al recurso de impugnación solicitado por la defensa de Gauna por “invocación de errónea aplicación de la ley sustantiva y errónea valoración de la prueba”, y de esta manera confirmó hoy la sentencia dictada el pasado 14 de mayo.

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