Gobierno ratificó la decisión de que los seguros dejen de dar el servicio por obligación


El Gobierno confirmó que no habrá marcha atrás en la modificación al servicio de grúas que ofrecían las compañías aseguradoras en todo el país. A partir del 1 de julio, los seguros ya no estarán obligados a incluir en sus pólizas la prestación de remolque y auxilio mecánico, a pesar de las críticas y acciones legales en contra de esta medida.


El Gobierno ratificó que no habrá marcha atrás respecto de la modificación al servicio de grúas que tenían las compañías aseguradoras en todo el país y que hace que los seguros ya no estarán obligados a incluir en sus pólizas esa prestación de remolque y auxilio mecánico a los usuarios.

«No vamos a dar marcha atrás con la decisión que se tomó sobre el servicio de grúas para los seguros de auto«, dijo el vocero de la Presidencia, Manuel Adorni, este martes, en su conferencia diaria de las 11. Así respondió al ser preguntado sobre si evaluaban dar marcha atrás con la medida de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ante las distintas presentaciones judiciales que se realizaron en contra de esta decisión.

En consecuencia, es de esperar que, a partir del 1 de julio, entre en vigencia la polémica medida anunciada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), que elimina la obligación de las aseguradoras de ofrecer servicios de grúa y asistencia mecánica en las pólizas de autos.

Cambios en servicio de grúa: una decisión que generó polémica

Esto es incluso a pesar de que la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) inició una acción colectiva contra la Resolución 217/24 y busca la nulidad del artículo 2° de la misma, que modifica las condiciones del servicio de remolques en las pólizas de seguro.

Además de la nulidad de ese artículo, ACUDA solicitó una cautelar para que se mantengan los servicios de remolque en las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada y aseguró que “esta modificación intempestiva significará que los consumidores deban pagar mucho más por un servicio indispensable como el de acarreo».

La medida se tomó a través de la Resolución SSN 217/2024, que modificó el Reglamento de la Actividad Aseguradora y dio un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio y, una vez pasado este tiempo, el cambio se aplicará a cada usuario al finalizar el actual contrato de seguro, es decir, al momento de renovar la póliza.

Desde la SSN sostienen que de esta manera «se otorga la posibilidad de, por un lado, un mayor desarrollo de la oferta y por el otro, al ciudadano, de elegir precio y servicio según su conveniencia y criterio«.

A partir del mes de julio, el traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo en los contratos de seguros dejarán de estar incluidos en los siguientes casos:

  • Desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos,
  • Pinchaduras,
  • Cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas,
  • Falta de combustible

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