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Justicia desestimó denuncias de Milei y sostuvo que la crítica a funcionarios es parte del debate democrático

Justicia desestimó denuncias de Milei y sostuvo que la crítica a funcionarios es parte del debate democrático

Periodistas Carlos Pagni (La Nación) y Ari Lijalad (El Destape)

Informate en DiarioPampero.com – El juez Daniel Rafecas desestimó denuncias penales impulsadas por Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad. Consideró que sus expresiones no configuran delito y se encuentran protegidas por la libertad de prensa. Señaló que los funcionarios públicos deben aceptar la crítica como parte del debate democrático.

El juez Daniel Rafecas desestimó las acusaciones del presidente contra dos periodistas, al considerar que sus expresiones se encuadran en el ejercicio legítimo de la libertad de prensa. La resolución recordó que los funcionarios deben aceptar mayores niveles de crítica en una democracia.

La libertad de expresión no constituye delito: la decisión de Rafecas

El juez federal Daniel Rafecas resolvió archivar las denuncias penales que el presidente Javier Milei había presentado contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad. En ambos casos, concluyó que no existió delito, ya que las manifestaciones forman parte del debate político y están protegidas por normas constitucionales y tratados internacionales.

La denuncia contra Pagni se originó por un análisis emitido el 28 de abril en el programa televisivo “Odisea Argentina”, donde se trazaban paralelismos históricos entre el ascenso de Milei y el de Adolf Hitler. El mandatario interpretó que se lo comparaba con el dictador nazi y denunció una afectación a su honor. No obstante, Rafecas determinó que no hubo injuria, calumnia ni atribución de delitos, sino una opinión política.

En la misma jornada, el juez también desestimó la denuncia contra Ari Lijalad, quien el 4 de mayo publicó una nota en la que señalaba vínculos entre el discurso de Milei y la retórica del nazismo. La resolución judicial fue categórica: archivar ambos expedientes por inexistencia de delito, subrayando que perseguir penalmente expresiones periodísticas constituye un riesgo para la libertad de prensa.

Rafecas citó el caso “Kimel vs. Argentina” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que establece que los funcionarios públicos deben tolerar un mayor nivel de crítica que los ciudadanos comunes. Sostuvo que el disenso, incluso en formas agudas o incómodas, forma parte del debate democrático y debe ser protegido judicialmente.

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