Monotributistas deben recategorizarse ante ARCA según ingresos y otros parámetros antes del 5 de febrero


ARCA estableció el 5 de febrero de 2027 como fecha límite para la recategorización del Monotributo. Los contribuyentes deberán revisar la facturación, los alquileres, la superficie y el consumo eléctrico de los últimos doce meses para determinar si corresponde cambiar de escala.
Infórmate en DiarioPampero.com – El trámite se realiza online con clave fiscal y puede modificar el importe de la cuota mensual según la categoría que corresponda.
La recategorización del Monotributo tendrá como fecha límite el 5 de febrero de 2027, según informó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El trámite alcanza a los pequeños contribuyentes que deban revisar su encuadre dentro del régimen.
Para definir si corresponde una modificación, los monotributistas deben analizar el nivel de actividad registrado durante los últimos doce meses. La evaluación contempla la facturación anual y otros parámetros vinculados con el desarrollo de la actividad.
El procedimiento se realiza de manera virtual mediante la plataforma oficial, con CUIT o CUIL y clave fiscal. La categoría resultante determinará el importe de la cuota mensual que deberá abonar cada contribuyente.

Parámetros que revisa ARCA
La obligación de revisar la situación alcanza a los pequeños contribuyentes que tengan al menos seis meses de permanencia en el régimen al momento del vencimiento. Sin embargo, el cambio de categoría solo resulta necesario cuando se modifican los parámetros de la actividad.
Entre los datos que deben cotejarse figuran los ingresos brutos acumulados durante el último año, los alquileres devengados, la superficie afectada a la explotación y el consumo anual de energía eléctrica.
Si alguno de esos indicadores supera o queda por debajo de los límites correspondientes a la categoría vigente, el contribuyente debe efectuar el reencuadre que corresponda ante el organismo recaudador.
El análisis no se limita a los meses más recientes. ARCA considera el desempeño acumulado en los doce meses anteriores a la fecha de vencimiento, de acuerdo con el criterio utilizado para las revisiones semestrales del régimen.
Las escalas fueron actualizadas en agosto de 2026, incluidos los parámetros de ingresos brutos máximos. Por eso, la comparación debe realizarse con los valores vigentes para ese período y no con referencias anteriores.
La recategorización se lleva adelante dos veces por año, en febrero y agosto. En cada instancia, los monotributistas deben verificar si su nivel operativo continúa dentro de los límites de la categoría declarada.
El vencimiento del 5 de febrero de 2027 marca el plazo para completar la evaluación y realizar la modificación, si corresponde, sin las consecuencias asociadas al incumplimiento del trámite.
El resultado de la revisión impacta en la cuota mensual. Una categoría diferente puede modificar el importe a pagar, de acuerdo con los parámetros establecidos por ARCA y la situación registrada por cada pequeño contribuyente.
La gestión debe realizarse online desde la plataforma oficial del organismo, utilizando las credenciales fiscales correspondientes. La información declarada debe reflejar la actividad desarrollada durante el período analizado.
De este modo, el régimen busca que los contribuyentes permanezcan encuadrados según su nivel real de facturación y operación, con una revisión periódica de las variables que determinan la categoría.
