Recuerdan la plena vigencia de la identificación electrónica obligatoria del ganado y detallan cómo cumplir la normativa

La Dirección de Ganadería recordó a productores de la provincia que desde el 1 de enero de 2026 rige la identificación electrónica individual obligatoria para bovinos, bubalinos y cérvidos, según SENASA. La norma exige caravana visual más dispositivo electrónico, busca modernizar la trazabilidad, mejorar la gestión sanitaria y abrir mercados externos. El productor debe colocar, leer y notificar los datos al sistema nacional.
La Provincia recordó que la identificación electrónica individual del ganado ya es obligatoria y alcanza a terneros y terneras al destete o en su primer movimiento. El sistema combina caravana visual y dispositivo electrónico, con responsabilidad directa del productor. La medida busca fortalecer la trazabilidad, ordenar la sanidad y facilitar exportaciones.
La Dirección de Ganadería del Ministerio de la Producción, en consonancia con la normativa nacional dispuesta por el SENASA mediante la Resolución 841/2025, recordó a los productores ganaderos de la Provincia que desde el 1 de enero de 2026 entró en vigencia la obligatoriedad de la identificación electrónica individual para las especies bovina, bubalina y cérvida.
Según explicó el director de Ganadería, Marcelo Lluch, esta disposición apunta a modernizar el sistema de trazabilidad en todo el país. El objetivo es facilitar el acceso a mercados internacionales de exportación y, al mismo tiempo, optimizar la gestión sanitaria y operativa dentro de los establecimientos productivos.
Detalles de la implementación
Desde el organismo provincial precisaron que la medida alcanza a todos los terneros y terneras al momento del destete o cuando realicen su primer movimiento, ya sea para venta, traslado o invernada. El esquema adoptado se basa en el denominado “binomio” de identificación, que exige la colocación conjunta de una caravana visual tradicional y un dispositivo electrónico, que puede presentarse en formato botón, bolo ruminal o microchip inyectable.
La responsabilidad de aplicar estos dispositivos recae directamente en el titular del ganado. Además, la lectura y notificación de las identificaciones deben informarse en tiempo y forma al SENASA, con el fin de mantener actualizado el Sistema Nacional de Trazabilidad y asegurar la correcta registración de cada animal.
Las autoridades señalaron que los dispositivos electrónicos aprobados pueden adquirirse a través de veterinarias habilitadas y entidades locales de sanidad animal. Para quienes requieran acompañamiento técnico o información adicional sobre la aplicación de la norma en la Provincia, la Dirección de Ganadería recomienda acercarse a la delegación del SENASA más cercana, consultar a los entes sanitarios o recurrir al veterinario de confianza.
La implementación de este sistema busca ordenar los procesos productivos, reforzar el control sanitario y brindar mayor previsibilidad al sector, en un contexto donde la trazabilidad se consolida como un requisito central para el comercio ganadero y la inserción en mercados externos.
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