Cambios en el DNU: Gobierno modificará normativas sobre recetas médicas y venta de medicamentos

En respuesta a las críticas formuladas por cámaras empresarias del sector, asociaciones médicas y la Academia de Medicina, el Gobierno se encuentra evaluando modificaciones al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei a fines del año pasado. El objetivo de las reformas es brindar a los médicos la posibilidad de sugerir marcas comerciales específicas en las recetas médicas.
Hasta ahora, el decreto presidencial exigía que los profesionales de la salud indicaran exclusivamente el nombre genérico o denominación común internacional de la droga en las recetas. Sin embargo, el cambio propuesto permitirá a los médicos sugerir un laboratorio en particular, aunque manteniendo la obligación de incluir el nombre genérico.
La medida, que se espera sea publicada en el Boletín Oficial de este lunes, también contempla disposiciones relacionadas con el sistema de receta electrónica. En este sentido, se establece que, en caso de sustitución del medicamento en la farmacia, el farmacéutico deberá informar al profesional actuante para garantizar un adecuado seguimiento del tratamiento clínico del paciente.
Aunque el texto final aún no está disponible, se ha revelado un primer borrador al que tuvo acceso Infobae. En este documento se establece que, a pesar de la sugerencia del médico, el consumidor tiene el derecho de sustituir el medicamento por una especialidad medicinal de menor precio que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y cantidad de unidades similares a la prescrita.
Otro aspecto modificado por el nuevo Decreto se refiere a la venta de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias. Aunque se mantendrá la posibilidad de vender remedios en estos lugares, se limitará a los antiácidos y analgésicos. Además, se establecen condiciones específicas para estos establecimientos, como la necesidad de contar con un espacio separado para almacenar los medicamentos, resguardado bajo llave y cumpliendo con estándares de higiene y seguridad.
Por último, se destaca que las droguerías podrán despachar al público únicamente recetas que incluyan medicamentos oncológicos o de tratamientos especiales listados por la autoridad de aplicación.
Estos cambios responden a las críticas formuladas por la Academia Nacional de Medicina (ANM) y 48 entidades médicas al DNU del 20 de diciembre pasado. Según estas entidades, la prohibición de sugerir marcas comerciales en las recetas perjudica a los pacientes y limita la responsabilidad del médico. Argumentan que, en muchos casos, no se puede garantizar el mismo nivel de eficacia y seguridad entre la versión genérica y la marca comercial, especialmente en pacientes oncológicos.
Fuentes oficiales indican que el Decreto que se publicará en las próximas horas reglamentará cuatro artículos de la ley original relacionados con la receta y la comercialización, siendo el primero de varios asuntos que se están analizando en el sistema de salud.
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