La Cámara Federal exige verificar los audios de Spagnuolo ante sospechas de manipulación con IA

La Justicia ha puesto un freno en la causa que investiga al ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad. La Cámara Federal, por mayoría, revocó una decisión del juez Casanello y le ordenó determinar la autenticidad de las grabaciones atribuidas a Diego Spagnuolo antes de avanzar. La defensa alega manipulación mediante Inteligencia Artificial, lo que introduce un debate técnico y jurídico sobre la validez de la prueba digital en procesos penales de alto perfil.
Infórmate en DiarioPampero.com – La Cámara Federal ordenó al juez Sebastián Casanello verificar el origen de los audios atribuidos a Diego Spagnuolo antes de dictar procesamientos. Los camaristas Irurzun y Boico consideraron prematuro avanzar sin descartar la hipótesis de la defensa, que sostiene que los registros fueron alterados con Inteligencia Artificial. El fallo resalta la incertidumbre sobre la procedencia e integridad de la prueba, frenando las indagatorias en la investigación de ANDIS.
La investigación judicial que involucra a Diego Spagnuolo, ex titular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), ha sufrido un viraje procesal de relevancia tras la intervención de la Cámara Federal. En un fallo dividido, el tribunal de alzada resolvió revocar la negativa del juez de instrucción, Sebastián Casanello, respecto a un planteo de nulidad interpuesto por la defensa. La medida ordena profundizar las pesquisas técnicas para certificar el origen, la trazabilidad y la veracidad de los audios que constituyen una de las pruebas centrales del expediente, antes de tomar nuevas determinaciones sobre la situación procesal de los imputados.
La resolución llega en una instancia determinante, justo cuando el magistrado de primera instancia y el fiscal Franco Piccardi se disponían a culminar la etapa de indagatorias. El argumento central de la defensa de Spagnuolo se sustenta en un informe técnico privado que sugiere que las grabaciones difundidas no son genuinas, sino que habrían sido modificadas o generadas mediante herramientas de Inteligencia Artificial. Ante esta objeción técnica, la mayoría de la Sala consideró indispensable despejar cualquier duda sobre la integridad de la evidencia digital antes de validarla como sustento de una acusación formal.
El tribunal prioriza la validación técnica de la prueba digital ante la hipótesis de manipulación tecnológica
El voto mayoritario, conformado por los jueces Martín Irurzun y Roberto Boico, hizo hincapié en el vacío de información que existe en torno a la pieza probatoria. Los magistrados señalaron que, hasta el momento, no se ha podido establecer si los audios fueron captados por un particular o por una autoridad oficial, ni se conocen las circunstancias de tiempo, modo y lugar de su registro. La incertidumbre sobre si el material fue editado, compaginado o creado sintéticamente impide, a criterio de los camaristas, avalar decisiones que se apoyen en constancias cuya autenticidad no está garantizada. Por ello, instruyeron al juez a realizar las pericias necesarias para disipar los interrogantes vigentes.
Por otro lado, el fallo contó con la disidencia del camarista Eduardo Farah, quien sostuvo una postura divergente respecto a la validez de lo actuado. Para este magistrado, las discusiones sobre la veracidad del contenido de los audios no anulan la legitimidad del inicio de la causa. Farah argumentó que la investigación respondió a una «notitia criminis» ingresada por vías legales y que existen otros elementos en el expediente, como denuncias de ciudadanos y reportes de prensa previos, que justifican la instrucción más allá de la controversia sobre las grabaciones. Sin embargo, la postura mayoritaria se impuso, estableciendo un precedente sobre la rigurosidad requerida para la admisión de evidencia digital en tiempos de tecnologías generativas.
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