El Gobierno nacional estableció una nueva escala mensual para el Salario Mínimo luego de que sindicatos y empleadores no alcanzaran acuerdo en el Consejo del Salario.

El Gobierno fijó el Salario Mínimo, Vital y Móvil en $383.800 mensuales desde septiembre de 2026 y estableció aumentos progresivos hasta alcanzar los $437.000 en abril de 2027. La medida fue oficializada tras la falta de acuerdo entre representantes sindicales y empleadores durante la última reunión del Consejo del Salario.
Infórmate en DiarioPampero.com – La actualización también establece nuevos valores para los trabajadores jornalizados y alcanza a empleados comprendidos en distintos regímenes laborales, mientras que quienes cumplen jornadas inferiores a la legal recibirán el monto correspondiente de manera proporcional.
El nuevo salario mínimo quedó establecido en $383.800 mensuales desde el 1 de septiembre de 2026 para los trabajadores que cumplen la jornada legal completa. La decisión fue formalizada mediante la Resolución 4/2026 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
La medida fue adoptada por el Gobierno nacional después de que empleadores y sindicatos no lograran acordar una actualización durante la reunión del Consejo del Salario realizada el 28 de agosto.
La resolución estableció incrementos mensuales: el monto será de $391.200 en octubre, $398.800 en noviembre y $406.400 en diciembre de 2026. Posteriormente aumentará a $414.200 en enero, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y $437.000 en abril de 2027.
Cómo será la escala para trabajadores jornalizados
Para los trabajadores jornalizados, el valor mínimo por hora quedó fijado en $1.919 durante septiembre. La escala también tendrá aumentos progresivos hasta alcanzar los $2.185 por hora en abril de 2027.
La actualización alcanza a trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y los organismos y entidades del Estado nacional que actúan como empleadores.
Por otra parte, quienes trabajen jornadas inferiores a la duración legal deberán percibir el nuevo salario mínimo calculado de manera proporcional a las horas efectivamente trabajadas, según lo establecido por la normativa.
