Derogada la Normativa que Restringía el Servicio de Grúas por Parte de Aseguradoras

En una reciente resolución, el Gobierno ha oficializado la derogación de la medida que habilitaba a las aseguradoras a suspender el servicio de grúas y remolques para sus asociados a partir del próximo mes. Esta disposición, contenida en la Resolución Sintetizada 269/2024, revoca la previa Resolución 217/2024 y restablece cláusulas relacionadas con los gastos de traslado y estadía, así como el servicio de remolques, según informó la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
La derogación se produce luego de diversas manifestaciones de rechazo, incluyendo una acción colectiva presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA). A pesar de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país, el Ejecutivo ha dado marcha atrás ante las presiones.
La normativa derogada tenía como objetivo desregular el sector y aumentar la competencia, argumentando protección al ciudadano. No obstante, su implementación había generado controversia, ya que algunas compañías de seguros habían comenzado a comunicar a sus clientes sobre el cambio en el servicio prestado, lo que suscitó preocupación entre los usuarios.
De haber entrado en vigor, la medida implicaría que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir una serie de eventualidades mecánicas, limitando su responsabilidad a casos de accidente, incendio, robo o hurto. Sin embargo, con la nueva resolución, el servicio deberá seguir prestándose según cláusulas específicas.
Estas cláusulas incluyen disposiciones sobre los gastos de traslado y estadía en caso de siniestro, así como los términos y condiciones del servicio de remolques, que deben ser garantizados por las aseguradoras. Además, se establecen parámetros como la distancia mínima de remolque y la frecuencia de los servicios anuales y mensuales.
La asistencia al vehículo, que comprende servicios de auxilio mecánico de emergencia o remolque, estará disponible las 24 horas del día, los 365 días del año, con ciertas condiciones de cobertura y restricciones en caso de suspensión de la póliza por falta de pago u otras causas.
En resumen, con la derogación de esta medida, se mantiene la obligación de las aseguradoras de brindar servicios de grúas y remolques a sus asociados, en línea con las disposiciones previas del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
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