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Gil Lavedra advierte inconstitucionalidad en la reforma laboral


Gil Lavedra advierte riesgos constitucionales en la reforma laboral por la desigualdad entre partes


Ricardo Gil Lavedra, titular del Colegio Público de la Abogacía, ha marcado la postura institucional frente al debate legislativo de la reforma laboral. Si bien reconoce la urgencia de modernizar las normas ante los cambios tecnológicos, advierte que equiparar a empleadores y trabajadores vulnera la Constitución. Insiste en que ignorar la asimetría de poder y vaciar el Derecho del Trabajo aumentará la litigiosidad y la inseguridad jurídica.

Infórmate en DiarioPampero.com – El presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, fijó límites ante el proyecto de reforma laboral del Ejecutivo. Aunque admite que el sistema requiere actualización, alertó que tratar al contrato de trabajo como un acuerdo entre pares privados es inconstitucional. Subrayó que eliminar la protección legal no fomentará el empleo, sino que incrementará los conflictos judiciales y afectará la inversión productiva de la nación.


De cara al inminente tratamiento legislativo que tendrá lugar en el Congreso de la Nación durante el mes de febrero, el debate sobre la reforma laboral impulsada por el Poder Ejecutivo ha sumado una voz de peso en el ámbito jurídico. Ricardo Gil Lavedra, quien preside el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), ha establecido la posición institucional de la entidad, advirtiendo sobre los peligros de avanzar con modificaciones que puedan colisionar con los principios fundamentales de la Constitución Nacional.

El reconocido jurista comenzó su análisis reconociendo una realidad innegable: el mundo del trabajo ha sufrido transformaciones profundas debido a los avances tecnológicos y las nuevas dinámicas sociales. En este sentido, Gil Lavedra coincide en que se requieren marcos normativos que otorguen certidumbre y previsibilidad tanto a quienes dan empleo como a quienes lo buscan. El objetivo declarado por el Gobierno, que apunta a modernizar la legislación, mejorar la competitividad y fortalecer la seguridad jurídica, es, en principio, compartido como una necesidad para el desarrollo del país.

Sin embargo, el titular del CPACF fue tajante al marcar los límites que no deben cruzarse. Para la institución que representa, cualquier proceso de actualización de las leyes laborales debe encuadrarse estrictamente dentro del «bloque de constitucionalidad federal». Esto implica no solo respetar el texto de la Carta Magna, sino también honrar los compromisos internacionales que la República Argentina ha asumido en materia de derechos humanos y laborales.

La asimetría estructural de la relación laboral y el peligro de la inseguridad jurídica que conlleva ignorar la función tuitiva del Derecho del Trabajo en los nuevos marcos normativos propuestos por el Gobierno para su tratamiento legislativo

El punto central de la advertencia radica en el intento de igualar la capacidad de negociación de las partes. Gil Lavedra subrayó que resulta inconstitucional equiparar a trabajadores y empleadores, ya que esto implica desconocer la desigualdad estructural inherente a la relación laboral. El Derecho del Trabajo existe precisamente para cumplir una función tuitiva, es decir, de protección a la parte más débil. Pretender sustituir la negociación colectiva por acuerdos de voluntad individual, o intentar asimilar el contrato de trabajo a un contrato de derecho privado común, constituye un desconocimiento flagrante de la protección constitucional vigente.

Desde el Colegio Público de la Abogacía se alertó que una reforma de carácter regresivo, que vacíe de contenido el rol compensador de la ley y debilite sus principios, tendrá efectos contraproducentes. Lejos de promover el «empleo decente», como se busca, una normativa que soslaye estas asimetrías y prescinda del diálogo social tripartito fomentará la judicialización de los conflictos. Esto, a su vez, aumentará la inseguridad jurídica, lo que terminará desalentando el anclaje de nuevas inversiones y perjudicando la actividad productiva que se pretende estimular.

Otro aspecto relevante señalado por Gil Lavedra refiere a la independencia judicial y el rol de los abogados. Si bien es deber de los tribunales inferiores seguir la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta alineación no puede imponerse mediante una ley en materia laboral, ya que afectaría la independencia de los jueces. Asimismo, la entidad fue clara al señalar que no se puede menoscabar la tarea de los letrados, ni imponiendo riesgos derivados de su actuación profesional ni reduciendo sus honorarios sin justificación válida.

Para concluir, la postura institucional reconoce que existe un reclamo ciudadano genuino por una reforma que elimine trabas burocráticas y actualice una legislación que, en muchos aspectos, ha quedado pretérita frente a los requerimientos actuales. No obstante, el Colegio entiende que la responsabilidad de los legisladores reside en ejercer su función con un apego estricto a los principios constitucionales. Solo mediante el respeto a la dignidad del trabajo humano será posible construir una reforma que sea moderna, sostenible en el tiempo y beneficiosa para el conjunto de la sociedad.

Con información de Data Clave

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