Gobierno Anuncia Régimen de Blanqueo de Capitales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó el nuevo régimen de blanqueo de capitales, permitiendo a los contribuyentes regularizar montos de hasta 100.000 dólares sin pagar impuestos. Esta medida beneficia tanto a residentes como a aquellos que han trasladado su residencia fiscal al extranjero.
Este miércoles, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el procedimiento para llevar a cabo el blanqueo de capitales, una medida dirigida a regularizar montos de hasta 100.000 dólares sin pagar impuestos. «Esta medida está dirigida tanto a los residentes en el país como a todos los argentinos que mudaron su residencia fiscal a otro país y hoy pueden decidir su regreso al amparo de este proceso», señala la normativa.
El procedimiento, detallado en la resolución general Nº5528 del Boletín Oficial, fue anunciado por el gobierno del presidente Javier Milei e incluido en el paquete fiscal aprobado a fines de abril junto con la Ley Bases. Este permite que se regularice cualquier monto sin costo si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o si se invierte en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Además, a este nuevo régimen pueden adherirse personas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023.
Estructura del esquema de pago para montos superiores a 100.000 dólares
La AFIP confirmó cómo se estructurará el esquema de pago para quienes regularicen más de 100.000 dólares sin optar por las opciones libres de impuestos. La normativa también prevé una reducción del 0,5% de la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para los contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos durante 2020, 2021 y 2022.
El blanqueo de capitales concluirá el 31 de marzo. «La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal», destaca el texto de la AFIP.
Entre otros puntos, la medida exime de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas; extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares perjudicados; y descarta la aplicación de presunciones del incremento patrimonial no justificado.
Los requisitos, formas, condiciones y exclusiones para adherirse al régimen se encuentran disponibles en el sitio web del organismo nacional, que estará vigente desde este miércoles hasta el vencimiento de cada etapa. La ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes establece que quienes adhieran no podrán inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de ese año.
Para facilitar el proceso de exteriorización, se deberá pagar el 75% del impuesto que corresponda según los bienes a incluir, y luego el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25% restante. Los bienes a exteriorizar son aquellos en poder del contribuyente al 31 de diciembre de 2023, y en caso de blanquear dinero en efectivo, deberá depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos. Los fondos que no sean transferidos a dichas cuentas tributarán.
Funcionarios que hayan trabajado en el sector público en los últimos cinco años, y sus cónyuges y descendientes, están excluidos del blanqueo, así como aquellos que actualmente desempeñen funciones públicas.
DESCARGAR APLICACIÓN DE LA RADIO EN VIVO
Gracias por estar en Diario Pampero, visítanos para estar informado!
Si necesitas parte de este contenido, no olvides citar la fuente de información. Respetamos a quienes producen contenidos, artículos, fotos, videos. Compartimos información de La Pampa para los pampeanos y te informamos sobre toda la actualidad nacional e internacional destacada.
Si compartes nuestro contenido, nos ayudas a crecer como medio de comunicación!







