. . .

La ANMAT prohibió la comercialización de varios productos

La ANMAT prohibió la comercialización de una lavandina, cosméticos y artículos de limpieza vehicular por irregularidades

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica emitió tres disposiciones en el Boletín Oficial que vetan la venta y uso de diversos bienes de consumo. La medida alcanza a una marca de agua lavandina, una serie de productos para el mantenimiento automotor y una línea completa de cosmética capilar. El organismo fundamentó su decisión en la falta de registros sanitarios obligatorios, lo que impide garantizar la seguridad, eficacia y composición de los artículos, representando un riesgo para la salud pública.

Infórmate en DiarioPampero.com – La autoridad regulatoria nacional oficializó este martes la prohibición de uso y distribución de tres grupos de productos. Mediante disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, se vetó una lavandina de la firma Baigó, una serie de limpiadores de autos de venta online y la línea cosmética LG. La falta de inscripción ante el organismo de control motivó las sanciones, al no poder verificarse la procedencia ni la composición de los artículos, lo cual constituye un peligro sanitario.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) ha formalizado este martes la retirada del mercado de una serie de productos de consumo masivo tras detectar severas fallas administrativas y de registro. A través de la publicación en el Boletín Oficial, el organismo de control estableció la prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el territorio argentino de un agua lavandina, insumos para la limpieza de automóviles y una amplia gama de cosméticos. Las autoridades sanitarias indicaron que la ausencia de datos fidedignos sobre la elaboración de estos ítems imposibilita asegurar que sean inofensivos para los consumidores.

En primera instancia, mediante la Disposición 341/2026, la entidad regulatoria puso el foco sobre el producto rotulado como “Agua Lavandina Común. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l”. Las investigaciones se iniciaron a partir de las acciones del Servicio de Domisanitarios, dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Durante el proceso de verificación de legitimidad, se constató que el artículo carecía del número de registro de producto ante la ANMAT, un requisito indispensable para su venta legal.

La investigación apuntó directamente a la Compañía de Poliproductos Baigó S.A. Si bien esta empresa posee habilitación nacional para operar en el rubro domisanitario, las autoridades confirmaron que el producto específico cuestionado no figuraba en los registros oficiales. Al ser citados, los representantes de la firma admitieron la propiedad de la mercadería y su elaboración, aunque declararon no haberla comercializado aún y reconocieron la falta de aval jurisdiccional. Como resultado, se instruyó un sumario sanitario contra la empresa y su Director Técnico.

Irregularidades detectadas en la venta digital de artículos para vehículos y falta de datos en productos de belleza

Simultáneamente, la Disposición 360/2026 abordó la situación de diversos productos domisanitarios destinados a la limpieza y acabado de superficies de automóviles y motocicletas. Las marcas afectadas por la prohibición incluyen Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil. La medida se mantendrá vigente hasta que dichos bienes se encuentren debidamente inscritos. No obstante, el organismo hizo una salvedad específica para el producto “silicona aromatizada” de la marca Fenix, el cual quedó exceptuado de la restricción.

El origen de esta actuación radica en denuncias recibidas sobre la legitimidad de estos artículos, los cuales se promocionan y comercializan extensamente a través de plataformas de venta digital y redes sociales sin contar con la inscripción correcta. Durante las pesquisas, se intentó notificar a las firmas responsables. En el caso de la marca Restorer, la empresa SERTU S.A.S. indicó no estar registrada en la provincia de Buenos Aires, por lo que se le informó la obligatoriedad de inscribir establecimiento y productos ante la ANMAT para poder realizar tránsito interjurisdiccional. Otras firmas, como las responsables de Impactto y Sedanil, presentaron domicilios desconocidos o no respondieron a las notificaciones.

Finalmente, la Disposición 361/2026 determinó la prohibición de todos los productos bajo la marca “LG – LA GEFA COSMETICA VIP”. Esta medida abarca todas las presentaciones, lotes y contenidos de una larga lista de cosméticos que incluye serums biomoleculares, máscaras 3 en 1, perfumes capilares con ácido hialurónico, shampoos detox y alisados sin formol, entre otros. El Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal detectó la oferta de estos bienes en canales electrónicos sin ningún dato de inscripción sanitaria en su rotulado.

Al consultar la base de datos oficial, no se hallaron antecedentes que correspondan con los elementos citados. La ANMAT concluyó que, al tratarse de productos ilegítimos y no inscriptos, se desconoce el establecimiento elaborador y las condiciones de manufactura. Por lo tanto, no es posible determinar si su formulación contiene ingredientes permitidos por la normativa vigente ni garantizar su calidad, lo que motivó la suspensión total de su comercialización para proteger a los eventuales usuarios.

META DESCRIPCIÓN:

FRASE OBJETIVO:

DESCARGAR APLICACIÓN DE LA RADIO EN VIVO

Gracias por estar en Diario Pampero, visítanos para estar informado!
Si necesitas parte de este contenido, no olvides citar la fuente de información. Respetamos a quienes producen contenidos, artículos, fotos, videos. Compartimos información de La Pampa para los pampeanos y te informamos sobre toda la actualidad nacional e internacional destacada. 
Si compartes nuestro contenido, nos ayudas a crecer como medio de comunicación!